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Firmengründung

Crear una empresa en Malta: 8 errores que debe evitar (Guía 2026)

por Philipp M. Sauerborn10 min de lectura

Ultima actualizacion: 10 de febrero de 2026

Todo gira en torno al dinero y a los impuestos, esos que todos los países quieren recaudar y retener a toda costa. Y para ello, muchos medios (por no decir todos) están permitidos.

Quien desea fundar una empresa en Malta para beneficiarse del tipo impositivo efectivo del 5% suele estar eufórico al principio.

Y así es como he trabajado ya con varios clientes que acudieron a mí después de la constitución, porque se precipitaron contratando a algún proveedor barato del mercado.

Entonces, estimado lector, es cuando vienen los lamentos, o como se dice coloquialmente: ya tiene el lío montado.

Para que usted no cometa los mismos fallos, quiero compartir los errores y suposiciones falsas más comunes que he encontrado en mi larga trayectoria como asesor.

Como siempre: práctico, directo y sin adornos.

Empecemos.

Error nº 1 al fundar en Malta: Cerrar la empresa en el país de origen y luego irse a Malta

Empecemos por lo más obvio:

Usted es un empresario de éxito en su país, digamos España, y ahora quiere irse a Malta. El 5% de impuestos le llama la atención. Incluso está dispuesto a mudarse aquí.

¿Qué es lo primero que hace? Cerrar su empresa en España (su S.L., por ejemplo).

Quizás sea usted un affiliate marketer. O diseñador web. ¿Quizás un consultor freelance? Esto hace que el traslado parezca supuestamente más sencillo. Pero no lo hace menos peligroso.

¿Por qué?

Desde hace algunos años existe la ATAD, la Directiva Anti-Elusión Fiscal de la UE. Esta normativa establece que siempre que se trasladen actividades empresariales de un país de la UE a otro, el país "perdedor" tiene derecho a cobrar impuestos por ello.

Esta ley lleva la firma del antiguo Ministro de Finanzas alemán, Wolfgang Schäuble. A él le molestaba enormemente que las empresas emigraran tan fácilmente a países con impuestos bajos.

Y como una ley nacional habría violado el derecho de la UE, el astuto Wolfgang consiguió convertirla en derecho comunitario.

¿Qué significa esto en concreto?

Pues bien, quien tiene una actividad empresarial exitosa y cambia de país para continuarla, tiene que tributar por ese traslado.

¿Cuánto?

Ojalá pudiera darle una respuesta sencilla, pero esto queda realmente a discreción de su inspector de Hacienda.

Teóricamente funciona así: se analiza qué valor tiene la actividad que se traslada y ese valor se somete a tributación.

Atención: ¡No confunda este impuesto con el Exit Tax (impuesto de salida) sobre participaciones o acciones de personas físicas! El impuesto del que hablo aquí se aplica a nivel de la empresa, afectando también a autónomos y profesionales que trasladan su actividad.

Resumiendo: quien cree que ahorra impuestos cerrando rápidamente el chiringuito antes de mudarse, tarde o temprano se dará de bruces con la realidad.

Ejemplo de cálculo: Usted trabaja con una S.L. unipersonal y presta servicios de consultoría. Genera 100.000€ de beneficio. En el futuro quiere atender a los mismos clientes desde el extranjero. Si traslada todo esto fuera, la Agencia Tributaria, aplicando métodos de valoración de beneficios (como el descuento de flujos de caja), podría estimar un valor de la actividad de 1.375.000€. Sobre esto pagará el Impuesto de Sociedades (25% en España). Es decir, unos 344.000€ de impuestos de golpe.

Wow.

Cómo hacerlo mejor:

No traslade simplemente las actividades al extranjero. Idealmente, deje lo que ya existe en España y construya todo lo nuevo en el extranjero desde cero.

Error nº 2: Pasar el nuevo negocio a la Malta Limited sin más

Ahora podría decir: Vale, mantengo la empresa en España, me mudo a Malta y hago solo el nuevo negocio desde Malta.

Eso ya es menos "grave" desde una perspectiva fiscal, pero también puede desencadenar pagos de impuestos.

Yo siempre digo: véalo de forma práctica y realista.

Si su empresa española recibe un lead (un cliente potencial), pero —por la razón que sea— decide no gestionar esa petición, ¿se la regalaría a un tercero desconocido así como así? ¿Gratis? ¿O pediría dinero por ello?

La Agencia Tributaria definitivamente le asignará algún valor a esa operación.

Porque, ¿quizás fue la reputación de su empresa española la que generó esa solicitud? Y eso tiene un precio.

Cómo hacerlo mejor:

Separe los negocios claramente. Sé que esto no es pensable ni posible para todos los modelos de negocio, pero es el camino más sencillo. Si no es posible, asegúrese de pagar un precio de mercado realista a su empresa de origen por esos clientes (precios de transferencia). Como siempre: actúe de forma realista y no tendrá problemas.

Error nº 3: Jugar al escondite con Hacienda

"¿Cómo se van a enterar?"

Me encanta esta pregunta y la escucho a menudo. Antes más que ahora, pero todavía surge.

Es la pregunta que me hacen cuando aconsejo hacer las cosas limpias y ordenadas, sin tener secretos con la Agencia Tributaria ni ocultar cosas.

En primer lugar, creo que es el enfoque equivocado. Apostar a que no le pillen seguramente tampoco le ha motivado hasta ahora a hacer un "simpa" en un restaurante o a robar en el supermercado. ¿Por qué hacerlo con los impuestos?

Aparte de eso, vivimos en una época en la que todo es cada vez más transparente. La Hacienda española puede pedir información a la Hacienda maltesa, y recibirla.

Los bancos le investigan (compliance) e informan a las autoridades. Sencillamente, cada vez le van a radiografiar con más frecuencia.

No lo olvide: puede ocultarlo bien 1000 veces, pero basta un solo error para que todo salga a la luz.

Además, en España existe la obligación de informar sobre bienes en el extranjero (el famoso Modelo 720) si es residente fiscal allí. Si no declara sus participaciones, ya existe la sospecha inicial de fraude fiscal.

Cómo hacerlo mejor:

Manténgase limpio, sea transparente. Hay suficientes formas de estructurar las cosas para estar en una buena posición cumpliendo con todas las normas.

Error nº 4: Facturar a España desde la Malta Limited sin sustancia

Este es otro de mis clásicos favoritos.

Usted vive en España. Tiene su empresa en España. Ahora funda una Malta Limited con Holding y emite facturas desde la empresa de Malta a la de España. Sin una actividad comercial real en Malta.

Bonita idea. Pero nada realista.

Hoy más que nunca importa dónde se produce la creación de valor. Y es allí donde reside el derecho a gravar.

Escribir simplemente una factura para trasladar beneficios no es legal.

Cómo hacerlo mejor:

Solo si existe una sustancia real en Malta, es decir, una creación de valor genuina, se puede emitir una factura por esa creación de valor realizada en Malta. Sin embargo —y esto es importante— solo a precios de mercado realistas. Quien le carga a su propia empresa "precios lunares" o desorbitados, sentirá bastante rápido la reacción de Hacienda indicándole que esa práctica no funciona.

Error nº 5: Fundar una Malta Limited pero mantener vínculos vitales con el país de origen

Mis clientes suelen ser los directores o administradores de sus propias empresas. Tiene sentido.

Los administradores siempre han jugado un papel especial en la ley tributaria. Porque allí donde se encuentra el administrador, suele estar la sede de dirección efectiva.

Esto también suena plausible al principio.

Pero, ¿qué pasa si usted es el administrador, vive en Malta, pero todavía tiene mujer e hijos en España? ¿O si mantiene allí una oficina, por ejemplo, para reuniones?

Con esto, usted activa muy rápidamente lo que se llama un Establecimiento Permanente (EP).

Si no traslada su centro de intereses vitales —y eso incluye emigrar con pareja e hijos, dejar su vivienda habitual, darse de baja del gimnasio, cerrar la oficina—, se le presumirá que sigue activo profesionalmente en su país de origen.

La consecuencia es la activación de un Establecimiento Permanente. Y eso conlleva el derecho de imposición por parte de España.

Significa: No todo podrá tributar en Malta, y una parte deberá tributar en el otro país, generalmente a tipos mucho más altos.

Cómo hacerlo mejor:

Su administrador debe vivir en Malta con todas las de la ley. Si ese administrador es usted, aplíquese el cuento. Corte las obligaciones en su país de origen si estas requieren su presencia física constante.

Error nº 6: Estar solo 183 días en Malta (¡Mito!)

El número 183 es muy popular entre los asesores fiscales.

183 días en un país, y ya es usted residente fiscal allí.

O al revés:

¿Menos de 183 días en un país y todo está bien?

En absoluto.

Hay mucha necesidad de aclarar este número:

  1. El número varía de un país a otro y se define en los Convenios de Doble Imposición (CDI). En algunos casos el criterio es diferente.
  2. Este número se aplica exclusivamente a personas físicas. Usted, como particular, es automáticamente residente fiscal en España si pasa más de 183 días allí en un año natural.
  3. Sin embargo, si usted tiene demostrablemente su centro de intereses vitales en España (familia, principal fuente de ingresos), aunque viaje tanto que pase menos de 183 días en España, puede seguir siendo considerado residente fiscal español.
  4. ¡Este número no tiene nada que ver con la creación de un Establecimiento Permanente para sociedades extranjeras! Aquí se aplican criterios mucho más estrictos. Un Establecimiento Permanente de dirección puede surgir desde el momento en que usted, como administrador de una Malta Limited, ejerce regularmente actividades de dirección desde su país de origen -- no existe un umbral de días fijo en la ley. En la práctica, muchos asesores utilizan una referencia orientativa de aproximadamente 60 días al año, a partir de los cuales el riesgo de que se considere un Establecimiento Permanente aumenta considerablemente. Y eso activa impuestos a nivel de empresa.

Cómo hacerlo mejor:

Como empresario, no confíe ciegamente en la regla de los 183 días. Esta le afecta principalmente a nivel privado. Sea administrador de su empresa en Malta solo si tiene la intención de pasar allí la mayor parte de su tiempo. De lo contrario, delegue la administración en un empleado o director residente localmente.

Error nº 7: Solo una Malta Limited (sin Holding)

Lo admito, este error no le pasa a ninguno de mis clientes. Pero ocurre con frecuencia cuando se funda la empresa con prisas y sin buen asesoramiento.

Supongamos que ya tiene actividad empresarial en su país. Tiene una sociedad de capital, quizás incluso varias, y una sociedad Holding en su país que agrupa todos los ingresos.

Gracias a la Directiva Matriz-Filial de la UE, por lo general está protegido de una nueva tributación completa sobre los dividendos que distribuyen sus sociedades locales.

Así que piensa: genial, pago un 5% de impuestos por el nuevo negocio en Malta y el dividendo al final está casi libre de impuestos.

¡Falso!

Un gran error es dar por sentado el 5% de impuestos en Malta. En realidad, es un 35% de Impuesto de Sociedades, que solo mediante un sistema de Tax Refund (devolución fiscal) se puede reducir a un 5% efectivo.

El problema es que este Tax Refund no está clasificado internacionalmente como dividendo, y por tanto, no está protegido automáticamente por la Directiva Matriz-Filial de la UE en muchos países.

Ergo: Podría estar sujeto a impuestos plenos en su país de origen.

Cómo hacerlo mejor:

Asegúrese desde el principio de tener la estructura correcta (Malta Holding + Malta Trading). Solo así podrá minimizar la carga fiscal de forma segura y efectiva.

Error nº 8: Empresa en Malta sin sustancia real y sin oficina

Ya lo he mencionado antes. El tema de la creación de valor y la sustancia juega hoy el papel decisivo.

Será el punto por el que discutirá con Hacienda si llega el caso.

Repase este escenario mentalmente:

Usted tiene, además de su S.L. española, una empresa en Malta. El inspector de Hacienda le pide que demuestre cuál es el objeto social de la empresa en Malta y cómo opera la sociedad in situ.

A los inspectores de Hacienda les gustan las empresas tradicionales. Oficina, administrador, cuenta bancaria local, un número de teléfono real.

¿Qué pasa si usted llega con un planteamiento totalmente digital? ¿Oficina virtual en La Valeta? ¿Un administrador que es a la vez administrador de otras 25 empresas (aunque esto ya está estrictamente regulado por la MFSA en Malta y requiere autorización)? ¿Quizás incluso un número de móvil español en el aviso legal de su web?

No se les puede culpar por sospechar que aquí se opera sin sustancia real. Y eso desencadena una necesidad de explicaciones y discusiones que no son necesarias.

Lo sé, me repito, pero: sea honesto, hágalo bien, no intente desplazar beneficios artificialmente. Estamos en la década de 2020, ya no es 2008.

Cómo hacerlo mejor:

Alquile una oficina real, aunque cueste dinero. Viva usted mismo allí y sea el administrador, o contrate personal local. Opere honestamente desde Malta. En resumen: no construya su empresa sobre pies de barro; realice una actividad empresarial honesta y real.

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Aviso legal: El contenido de este artículo tiene fines meramente informativos y no constituye asesoramiento fiscal, legal o financiero. A pesar de la investigación cuidadosa, no garantizamos la exactitud, integridad y actualidad de la información proporcionada. Las normativas fiscales están sujetas a cambios constantes. Para asesoramiento individual, consulte a un asesor fiscal cualificado. El uso del contenido es bajo su propia responsabilidad.

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